Ir al contenido principal

Entradas

LEY DE LOS CONSEJOS COMUNALES

LEY DE LOS CONSEJOS COMUNALES. Objetivo de la Ley Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto regular la constitución, conformación, organización y funcionamiento de los consejos comunales como una instancia de participación para el ejercicio directo de la soberanía popular y su relación con los órganos y entes del Poder Público para la formulación, ejecución, control y evaluación de las políticas públicas, así como los planes y proyectos vinculados al desarrollo comunitario.  Click en los enlaces para bajar la Ley. http://adf.ly/1d8yPr http://adf.ly/1d8z61